El valor esencial de los derechos humanos es el respeto a la dignidad de la persona. Atentar contra la vida en cualquier momento de su desarrollo es ir contra la dignidad del ser humano, la familia y la comunidad, como también contra el humanismo que enaltece a la persona.
Las acciones en las que la persona no es tratada como se merece en su dignidad, sino que se la rebaja a la condición de objeto o cosa, son simples medios al servicio de intereses u objetivos perversos e inicuos. En cuanto a los agravios o agresiones a la vida, todo ser humano puede vulnerar la propia dignidad. Tal agravio deriva de un mal uso de la libertad o autonomía. La autonomía o derecho a decidir debe ser responsable, respetando el derecho de los demás. La forma más radical y directa es el intento de destrucción del ser de la persona a quien se agravia, siendo más grave el atentado contra la vida biológica, la vida personal o la vida desde la concepción.
El valor esencial de los derechos humanos es el respeto a la dignidad de la persona. Atentar contra la vida en cualquier momento de su desarrollo es ir contra la dignidad del ser humano, la familia y la comunidad, como también contra el humanismo que enaltece a la persona.
Las acciones en las que la persona no es tratada como se merece en su dignidad, sino que se la rebaja a la condición de objeto o cosa, son simples medios al servicio de intereses u objetivos perversos e inicuos. En cuanto a los agravios o agresiones a la vida, todo ser humano puede vulnerar la propia dignidad. Tal agravio deriva de un mal uso de la libertad o autonomía. La autonomía o derecho a decidir debe ser responsable, respetando el derecho de los demás. La forma más radical y directa es el intento de destrucción del ser de la persona a quien se agravia, siendo más grave el atentado contra la vida biológica, la vida personal o la vida desde la concepción.
El valor esencial de los derechos humanos es el respeto a la dignidad de la persona. Atentar contra la vida en cualquier momento de su desarrollo es ir contra la dignidad del ser humano, la familia y la comunidad, como también contra el humanismo que enaltece a la persona.
Las acciones en las que la persona no es tratada como se merece en su dignidad, sino que se la rebaja a la condición de objeto o cosa, son simples medios al servicio de intereses u objetivos perversos e inicuos. En cuanto a los agravios o agresiones a la vida, todo ser humano puede vulnerar la propia dignidad. Tal agravio deriva de un mal uso de la libertad o autonomía. La autonomía o derecho a decidir debe ser responsable, respetando el derecho de los demás. La forma más radical y directa es el intento de destrucción del ser de la persona a quien se agravia, siendo más grave el atentado contra la vida biológica, la vida personal o la vida desde la concepción.
El valor esencial de los derechos humanos es el respeto a la dignidad de la persona. Atentar contra la vida en cualquier momento de su desarrollo es ir contra la dignidad del ser humano, la familia y la comunidad, como también contra el humanismo que enaltece a la persona.
Las acciones en las que la persona no es tratada como se merece en su dignidad, sino que se la rebaja a la condición de objeto o cosa, son simples medios al servicio de intereses u objetivos perversos e inicuos. En cuanto a los agravios o agresiones a la vida, todo ser humano puede vulnerar la propia dignidad. Tal agravio deriva de un mal uso de la libertad o autonomía. La autonomía o derecho a decidir debe ser responsable, respetando el derecho de los demás. La forma más radical y directa es el intento de destrucción del ser de la persona a quien se agravia, siendo más grave el atentado contra la vida biológica, la vida personal o la vida desde la concepción.
Si nos encontramos ante una vida humana esta debe ser respetada como tal. Debe, por tanto, ser considerada como un fin en sí misma y nunca como medio. El embrión está dotado de la dignidad que le confiere su propia naturaleza.
Cuando sucede una grave transgresión a la ley y a los derechos humanos, como en el caso de una violación que causa un embarazo precoz, cabe considerar la situación desde un punto de vista ético y legal. La violación debe condenarse y la justicia con todo el peso de la ley debe caer sobre el sujeto responsable.
Se ha dado por llamar al aborto provocado, interrupción voluntaria del embarazo, expresión que oculta la atroz manera de acabar con la vida de un ser indefenso e inocente. Respecto al embrión, este es un ser inocente y es un sujeto de derecho. Desde una visión científica, la embriología nos demuestra que estamos ante un nuevo ser con su propio genoma que es el conjunto de genes que lo conforman. Las cargas genéticas provenientes del padre y de la madre se unen para formar una criatura que es única y que tiene la propiedad esencial de estar en constante desarrollo que se inicia en la concepción y continúa después del nacimiento. Por lo tanto, se debe admitir que desde la concepción se originan también sus derechos. Las condiciones basadas en la calidad de vida, la pobreza, es ser adolecente o estudiante, no justifican de ninguna manera la realización del aborto.
Las ideologías que se quieren imponer sobre el control de la natalidad que incluye el aborto, y aquellas organizaciones que argumentan que las mujeres
son dueñas de su cuerpo y promueven la decisión del aborto, ignoran la realidad científica, bioética y de derechos que se han expresado.
Es esencial comprender la grave situación del embarazo no deseado, ante lo cual se deben sumar esfuerzos para que se presenten alternativas positivas de políticas públicas y de asistencia a la mujer, que incluyan: Educación y prevención; se creen condiciones sociales y económicas apropiadas; se dé apoyo psicológico y acompañamiento a la mujer embarazada para enfrentar tan difícil situación; se le den oportunidades de trabajo; se cuente con guarderías y se facilite el recurso de la adopción y acogida.
La conducta del médico y personal de salud de acuerdo a los códigos de ética, debe regirse siempre por normas de idoneidad, honestidad, justicia y respeto a la dignidad de la persona. Si hoy tenemos mayor conciencia del valor de la dignidad humana, piedra angular de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, estamos ante un importante desafío que cumplir: reflexionar sobre el valor de la vida y de los derechos de todos los seres humanos desde el trascendental momento de la concepción hasta la muerte natural, lograr su protección y defensa. El respeto a la vida y a la persona humana constituirá, en toda circunstancia, el deber principal del médico.
El normal crecimiento y desarrollo del óvulo fecundado, embrión o feto, se encuentra muchas veces ante un mundo ciego que niega el valor de su existencia. El nuevo ser concebido recibe injustamente la condena a no seguir viviendo y a no tener los derechos que a nosotros se nos otorgó. “Es descartado”, haciendo alusión a un término expresado por el Papa Francisco.
Para este fin se busca a los médicos, mas estos deben ser firmes y leales al juramento hipocrático. Su deber es comportarse siempre a favor de la vida, tienen el compromiso de no hacer daño. (Primon non nocere. Hipócrates). Eso implica no realizar abortos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, expresa que toda persona tiene derecho a la libertad de conciencia (art. 18). La objeción de conciencia es un justo derecho moral que el médico tiene, solo debe decir valientemente no, ante la presión de quienes lo quieren obligar a cumplir con una sentencia de muerte.
Si el derecho a la vida constituye el eje principal de los derechos humanos, los del niño que debe nacer no pueden ser ignorados, antes bien deben merecer la decidida atención del Estado, de sus instituciones y de la sociedad. Esa nueva criatura mientras exista, es también parte del pueblo. Por lo tanto, debe también ser defendida ante cualquier agresión contra su existencia, respetando sus derechos. Igualmente se deben respetar los derechos de los médicos.
Por Jorge Ybarnegaray Urquidi PhD
Profesor de Bioética U.C.B. y Seminario San Lorenzo
Miembro de la Pontificia Academia por la Vida