
El próximo jueves 27 de marzo se realizará una sesión de la Cátedra Luis Ramiro Beltrán que enfocará el tema “Libertad de expresión y prensa: a 100 años de la Ley de Imprenta en Bolivia”, organizada por el Servicio de Capacitación en Radio y Audiovisuales para el Desarrollo (Secrad) de la Universidad Católica Boliviana (U.C.B.) “San Pablo” Sede La Paz.
La Ley de Imprenta cumplió una centuria el pasado 19 de enero, ya que en la misma fecha, pero en 1925, fue promulgada por el gobierno del presidente Bautista Saavedra, con el propósito de otorgar la libertad a “todo habitante de Bolivia” de publicar “sus pensamientos”, siempre “que no abuse de esta libertad”.
Esta norma, vigente hasta hoy, establece no solo el mencionado derecho a la libertad de expresión, sino también a la libertad de prensa, es decir al derecho de los periodistas a ofrecer información de beneficio y utilidad para el conjunto de la sociedad, fundados en normas éticas de fidelidad a la verdad y responsabilidad.
La cátedra utilizará el formato de panel y presentará a cuatro expertos en el tema: Juan Carlos Salazar, Premio Nacional de Periodismo 2016 y director de la Carrera de Comunicación de la U.C.B. Sede La Paz; Andrés Gómez, periodista y abogado; Zulema alanes, presidenta de la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia; y Erick Torrico, director académico del Área de Posgrado en Comunicación y Periodismo de la Universidad Andina Simón Bolívar.
El panel se cumplirá a partir de las 18.00, en el Paraninfo de la U.C.B. Sede La Paz, ubicado en el último piso del Bloque D, campus de la universidad, en la avenida 14 de septiembre y esquina calle 2 del barrio de Obrajes.
El director del Secrad, José Luis Aguirre, explicó que la cátedra permitirá abordar diferentes perspectivas sobre la Ley de Imprenta, según la mirada y el análisis de cada uno de los expertos convocados, y considerando que es una de las pocas normas del sector informativo y periodístico que tienen una extensa vigencia.
Aguirre argumentó que “la Ley de Imprenta es un instrumento sabio y pionero porque se anticipa por más de dos décadas a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas 1948, que restablece que todas las personas tienen derecho a la libertad de expresión y opinión”.
La Ley de Imprenta, así como define derechos, también identifica responsabilidades al señalar, por ejemplo, que “se abusa de esa libertad” cuando se ataca “de un modo directo las leyes fundamentales del Estado, con el objeto de inducir a su inobservancia”, cuando se publican “escritos contrarios a la moral o decencia pública”, y, en caso de injurias, “a cualesquiera personas sobre las acciones de su vida privada”.
Según una investigación publicada por el periodista Juan José Montoya en enero de 2025 en el periódico Correo del Sur, de Sucre, la base de la Ley de Imprenta “fue el Reglamento de Imprenta que se había puesto en vigencia cinco años antes, el 17 de julio de 1920. A su vez, el reglamento se inspiró en la Ley de Bases, o Constitución, que fue aprobada por la Asamblea Constituyente de 1861, cuando el presidente era José María Achá”.
Para el director del Secrad, la norma es un “patrimonio del sector (periodístico e informativo) y no se puede tocar; su espíritu es lo que se debe preservar, incluso con la multiplicación de las redes sociales, ya que no está cerrada a un solo medio (el periódico) sino a otros recursos de difusión”.
Aguirre invitó a todos los interesados a participar en esta nueva versión de la Cátedra Luis Ramiro Beltrán, que mediante el criterio de cuatro especialistas y el análisis que surgirá entre ellos “permitirá contar con una visión actualizada de la Ley de Imprenta y hablar de los retos que abre en el presente”.